CONSEJERO DE SEGURIDAD DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

Arturo García Cobaleda

¿Qué es un Consejero de Seguridad ADR?

Un Consejero de Seguridad ADR es el Responsable que las Mercancías Peligrosas sean transportadas de manera segura y eficaz, preservando en todo momento la integridad física de las personas que ejecuten las acciones vinculadas a dichas materias, los bienes materiales y su entorno. El alcance del Consejero designado dentro de la Empresa o Institución Pública o Privada variará dependiendo de si realizan acciones de transporte, carga, descarga y/o manipulación.

¿Quién puede ejercer?

Podrán ejercer las funciones de consejero, siempre que cumplan los requisitos exigidos en el Real Decreto 97/2014  y en el ADR:

  • INTERNO. Titular o Director de una empresa. Y cualquier miembro del personal en plantilla de la empresa que sea designado por Dirección.
  • EXTERNO. Otras personas no pertenecientes a la empresa o dependientes de entidades, empresas o instituciones públicas o privadas, que estén ligadas a ella por cualquier fórmula de colaboración para desarrollar dichas actividades.
  • PARA ASEGURAR UN SERVICIO MÍNIMO, el Ministerio de transporte ha limitado el número de empresas asesoradas por consejero. ARTÍCULO 30 RD 97/2014

¿Quién necesita un Consejero de Seguridad ADR?

Las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera o sean responsables de las operaciones de carga, descarga o embalado vinculadas a dicho transporte deberán designar, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 97/2014, al menos un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherente a dichas actividades, siempre y cuando no puedan acogerse a ninguna de las exenciones establecidas en el ADR.

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